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Jubilación obligatoria



10 de Marzo de 2009 | Por Jurismadrid | 402 Lecturas

Según el TJUE los Estados pueden autorizar la jubilación obligatoria contra la voluntad del trabajador.

El Tribunal de Justicia de la UE dictado una resolución en la que fija las condiciones en las que los Estados de la UE-27 pueden autorizar la extinción de la relación laboral por jubilación, por más que el trabajador se resista a abandonar la vida laboral.

El TJUE analizaba así un caso consultado por la Justicia del Reino Unido.

Según la Ley británica, puede extinguirse la relación laboral por jubilación cuando el trabajador haya alcanzado la edad ordinaria de jubilación fijada por el empleador o, en su defecto, la edad de 65 años, sin que este trato pueda considerarse discriminatorio.  Fuente:Jurismadrid

 

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