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Bruselas condena a España por no adaptar la norma que impide las conductas comerciales desleales



24 de Abril de 2009 | Por Diario Directo | 188 Lecturas

España argumenta que la normativa nacional existente no contradice la "lista negra" de la directiva

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sentencia a España por no haber incluido en su legislación nacional la norma comunitaria que no permite las prácticas comerciales desleales, habiendo concluido el plazo en junio de 2007.

El TUE tiene una "lista negra" de las prácticas comerciales desleales prohibidas en toda la UE, sea cual sea la circunstancia. Entre otras, figuran los planes de venta piramidal, el suministro no solicitado, la utilización de la publicidad señuelo cuando el producto anunciado no está disponible, o la publicidad que incluye la persuasión directa a niños para que compren o convenzan a sus mayores de que les compren los productos anunciados.

España se remite a que la normativa nacional existente no contradice la directiva pero la directiva replica que los escritos remitidos por las autoridades españolas al Tribunal "no contienen ningún elemento que pueda sustentar la tesis de que esta normativa puede constituir una adaptación correcta y total del derecho interno a la directiva". El propio Gobierno "reconoce expresamente que tal adaptación no se llevó a cabo en el plazo fijado".

Según las autoridades españolas, el retraso se debe a la pasada celebración de las elecciones y al gran número de leyes que deberán modificarse debido a esta adaptación. Para esto, la sentencia recuerda que un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones y los plazos establecidos en una directiva.

El Tribunal de Justicia declara que en el asunto en causa, consta que, al final del plazo fijado en el dictamen motivado emitido el 1 de febrero de 2008, no se habían adoptado las medidas necesarias para garantizar la adaptación del ordenamiento jurídico nacional a la directiva y según su jurisprudencia y, por tanto, "ha incumplido las obligaciones que le incumben".
 

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